Seguridad de piscinas en

propiedad horizontal

 

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En Conjuntos Residenciales en donde cuentan con Piscinas como zonas comunales es vital cumplir con las medidas de seguridad mínimas y conocer muy bien la reglamentación al respecto para no volver este servicio en un riesgo patrimonial para la copropiedad.

Estos son algunos consejos para minimizar los riesgos en el uso de las Piscinas Comunales:

 

1. Deben tener un horario establecido de funcionamiento

2. Publicar en un lugar visible el Reglamento de Uso

3. No permitir el acceso a la Piscina de menores de 12 años sin la supervisión de un adulto responsable

4. Siempre que la Piscina esté en funcionamiento contar con personal Salvavidas certificado

5. Contar con un botiquín de primeros auxilios instalado en una zona visible y de fácil acceso

6. Por ley se debe tener como mínimo dos (2) aros flotadores, una (1) camilla y un (1) gancho de agarre

7. Contar con una bitácora donde se registre todas las novedades y el mantenimiento realizado.

 

Para mayor información pueden consultar los siguientes documentos:

 

• Ley 1209 del 2008

• Decreto No. 2171 del 2009

• Resolución No. 1618 del 2010

• Resolución No. 1509 del 2011

• Resolución No. 1510 del 2011

• Resolución No. 431 del 2012

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